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Juan Pablo Martínez, Ramón Chávez y Ángel Marcial serían gerentes en Ayuntamiento
Puerto Vallarta

Juan Pablo Martínez, Ramón Chávez y Ángel Marcial serían gerentes en Ayuntamiento

Juan Pablo Martínez, Ramón Chávez y Ángel Marcial serían gerentes en Ayuntamiento

Aunque el alcalde Luis Munguía tiene pensado anunciar a los cinco gerentes que fueron aprobados en la restructuración municipal, ha trascendido que el empresario Juan Pablo Martínez Torres será el primer gerente de la ciudad y centro histórico, mientras que Ramón Chávez gerente de construcción de la comunidad y cultura de la participación y Ángel Marcial gerente de gobierno inteligente.

 

Las otras dos gerencias aún se encuentran en suspenso, que son la de territorio y ciudad sustentable y la de prosperidad, desarrollo económico y turismo.

 

Cabe comentar que actualmente, Ramón Chávez es director de Desarrollo Social y Ángel Marcial titular de Proyectos Estratégicos, cargos que dejarían.

 

El recién aprobado Reglamento del Gobierno de Puerto Vallarta establece lo siguiente:

 

De la Gerencia de la Ciudad y Centro Histórico

 

Artículo 209. La Gerencia de la Ciudad y Centro Histórico es la Dependencia de apoyo y auxilio operativo de la Administración Pública Municipal, que tiene como función principal, captar, gestionar y resolver con agilidad y eficiencia, las demandas y necesidades de la ciudadanía que emergen en la cotidianidad; actuando como enlace directo entre el Gobierno y las personas habitantes del Municipio, especialmente con aquellas avecindadas en la Cabecera, su franja turística y el Centro Histórico. Contará con las atribuciones a continuación:

  1. Captar la demanda y peticiones de personas residentes y visitantes de la Cabecera Municipal, procurando dar un curso oportuno hacia su resolución;
  2. Elaborar el programa operativo y presupuestario anual de la Gerencia, para que los recursos destinados a atender y resolver las peticiones ciudadanas, sean ponderados por la propia área y terminen por fortalecer los techos presupuestales de las Dependencias ante las que se realicen las gestiones de que se trate;
  • Proponer, socializar y fijar la estrategia ejecutiva y los mecanismos de coordinación formal y vinculación interinstitucional que estime necesarios, con las Dependencias municipales pertinentes, en función de la naturaleza de su labor pública y del nivel de implicación requerido para la coordinación diaria;
  1. Facilitar las operaciones de las Dependencias competentes de la Administración Pública Municipal, en cuanto a servicios básicos, movilidad, vialidad, espacio público y prevención social; coordinándose con las respectivas Direcciones responsables y contribuyendo con ello a que éstas logren mantener su enfoque estratégico de actuación hacia el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza;
  2. Gestionar de manera ágil y eficaz la atención y tramitación de las demandas ciudadanas relacionadas con las materias señaladas en la fracción supra;
  3. Proponer a las Dependencias competentes, los planes de limpieza, de circulación vehicular y demás operativos especiales para días conmemorativos, eventos masivos o temporadas altas que impacten al Centro Histórico;
  • Coadyuvar en el diseño, proposición, formulación y actualización del Plan de Manejo del Centro Histórico, asegurando su alineación con los objetivos de conservación, mantenimiento, rescate, promoción y desarrollo, que así establezca el Consejo Ciudadano del Centro Histórico de Puerto Vallarta, Jalisco;
  1. Impulsar programas de adopción de espacios públicos, invitando a particulares, empresas y organizaciones asentadas en el Centro Histórico y en la Franja Turística de la Cabecera Municipal, a contribuir con el cuidado, mantenimiento y embellecimiento de banquetas, áreas verdes, camellones, jardines y demás espacios comunes, fomentando la corresponsabilidad ciudadana y el fortalecimiento del tejido social, y
  2. Las demás previstas en la normatividad aplicable, así como aquellas que le instruya la Presidencia Municipal.

Adicionalmente, la Gerencia de la Ciudad y Centro Histórico auxiliará al titular de la Administración Pública en el ejercicio de las competencias que le confiere el Reglamento Municipal del Consejo Ciudadano del Centro Histórico del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco; particularmente en aquellos temas relacionados con la mejora del entorno urbano, la seguridad y la gestión de servicios básicos, así como con el mejoramiento, protección, aprovechamiento y promoción de éste polígono.

 

Artículo 210. Para el mejor desempeño de sus funciones, contará un área de atención y monitoreo del Centro Histórico y franja turística y un área administrativa y de enlace interdependencias. Asimismo, contará con el mecanismo formal de apoyo, enlace, vinculación, canalización y respuesta, co-establecido por cada una de las siguientes Direcciones: Infraestructura y Obra Pública, Servicios Eficientes, Inspección, Vigilancia y Responsabilidad Civil, Derechos Humanos; Comisaría de Seguridad Pública, y Protección Civil y Bomberos.

Los procesos de la Dependencia, sus flujos administrativos, mecánicas de vinculación y coordinación hacia el interior o con otras instancias, serán aquellas embebidas en el manual de organización, procedimientos y funcionamiento que para estos efectos valide la Presidencia Municipal y expida la Oficialía Mayor Administrativa y de Gestión Humana.

 

De la Gerencia de Gabinete de Gobierno Inteligente

 

Artículo 215. La Gerencia de Gabinete de Gobierno Inteligente tiene como objetivo fortalecer a la Administración Pública Municipal en su conjunto, mediante la implementación de estrategias innovadoras y la mejora continua en la gestión institucional. Centra su labor en la optimización de recursos, en la simplificación y digitalización de procesos y en el impulso a la mejora regulatoria. Instrumenta la política de Gobierno Abierto y se encarga de guiar la planificación participativa y estratégica para el desarrollo local y sostenible del Municipio, llevando el marco de indicadores y los instrumentos programáticos, de control y seguimiento que la legislación y la normatividad determinan; asimismo, observa el desenvolvimiento y la hiperespecialización del talento humano, posicionando al servicio público como una dedicación y profesión que implica y requiere parámetros de excelencia en todo tiempo, y tiene la responsabilidad de apoyar, gestionar las herramientas y facilitar el cauce del trabajo de las dependencias competentes de la inspección y vigilancia de particulares, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente y promoviendo la responsabilidad civil.

Contará con las siguientes atribuciones particulares:

  1. Proponer proyectos, programas y sistemas que tiendan al desarrollo y modernización administrativa, soportada en esquemas y modelos de eficiencia, efectividad y calidad total;
  2. Impulsar los programas de mejora regulatoria, en coordinación con la dependencia municipal competente y con los sujetos obligados, así como emitir y firmar, previo análisis, la Manifestación de Impacto Regulatorio cuando corresponda;
  • Proponer a las Dependencias municipales la incorporación de métodos, sistemas y tecnologías para el mejoramiento de los procesos administrativos a su responsabilidad;
  1. Asegurar la eficiencia, accesibilidad, dominio y utilidad pública de la Estrategia y Sistema Municipal de Monitoreo y Evaluación, en especial, de los componentes que de éste se encuentren sujetos al marco jurídico, con la asistencia y orientación del Órgano Interno de Control y de la autoridad que le competa instrumentarlo;
  2. Promover en colaboración con la autoridad competente, la ética de Datos Abiertos al interior de la Administración Pública Municipal, fomentando la transparencia proactiva para fortalecer la confianza ciudadana, y
  3. Dar seguimiento de los acuerdos que la Presidencia Municipal instruya sobre la mejora, funcionamiento y eficiente calidad de la innovación gubernamental.

Artículo 216. La Gerencia de Gabinete de Gobierno Inteligente, como instancia temática y transectorial de la gestión pública, sectoriza y brinda apoyo a las siguientes Dependencias:

  1. Oficialía Mayor Administrativa y de Gestión Humana;
  2. Dirección de Innovación y Desarrollo Institucional;
  • Dirección de Inspección, Vigilancia y Responsabilidad Civil, y
  1. Dirección de Intendencia, Suministros y Mantenimiento.

Contará con las áreas necesarias y el demás recurso humano que se le asigne y establezca anualmente en la plantilla de personal aprobada por el Ayuntamiento.

 

De la Gerencia de Gabinete de Construcción de Comunidad y Cultura de la Participación

 

Artículo 226. La Gerencia de Gabinete de Construcción de Comunidad y Cultura de la Participación, tiene como objetivo promover y supervisar las políticas públicas locales orientadas al desarrollo y fortalecimiento de la cohesión social, la cohesión comunitaria, el capital social y la participación ciudadana en Puerto Vallarta. Se centra en proponer y apoyar estrategias que incentivan la gobernanza territorial e intersectorial, en promoción de un Espacio Cívico abierto y velando por la generación de más y mejores entornos de convivencia, solidaridad, igualdad y apoyo mutuo, al impulsar mecanismos que favorecen el acceso de las y los habitantes a oportunidades de desarrollo cultural, educativo, social, cívico, político y comunitario, a fin de mejorar la calidad de vida y construir sentidos de pertenencia, futuros comunes, identidad y colectividad.

Contará con las siguientes atribuciones particulares:

  1. Impulsar espacios y dispositivos de participación social, tales como foros, mesas de deliberación, asambleas y cualquier mecanismo cívico que favorezca la toma de decisiones consensuada, informada y en gobernanza, facilitando y moderando el diálogo cuando se requiera, asegurando el respeto de la pluralidad de opiniones, dando lugar a las perspectivas críticas y encauzando la toma democrática de acuerdos en torno asuntos de la vida pública y cotidiana;
  2. Recibir, solicitar, acreditar y dar validez a aquellas anuencias vecinales que sean parte de los requisitos que deban cumplir y presentar las y los particulares para la tramitación de algún licenciamiento o permiso de orden municipal, conforme a lo dispuesto por la normatividad aplicable y en coordinación con la Dirección de Participación Social;
  • Fomentar la democracia participativa y la inclusión de toda la sociedad en los procesos de toma de decisiones, promoviendo el ejercicio de los derechos humanos y la apertura del Espacio Cívico como principales medidas garantes para la gobernanza de los bienes comunes en la ciudad;
  1. Velar la debida instalación y funcionamiento de todos los Comités, organismos ciudadanos, mixtos, consultivos y de gobernanza, auxiliares de la Administración Pública Municipal, específicamente aquellos que derivan o se vinculan a las Dependencias sectorizadas a su esfera de actuación pública, y
  2. Proponer y coordinar acciones, proyectos, procesos o alianzas interinstitucionales entre las diversas Dependencias de la Administración Pública, los diferentes órdenes y niveles de gobierno, las organizaciones de la sociedad civil, las colectividades y las personas en general, que favorezcan el diseño participativo de las políticas y programas en materia de desarrollo social, bienestar, calidad de vida, construcción de comunidad y reconstrucción del tejido social en Puerto Vallarta.

Artículo 227. La Gerencia de Gabinete de Construcción de Comunidad y Cultura de la Participación, como instancia temática y transectorial de la gestión pública, sectoriza y brinda apoyo a las siguientes Dependencias:

  1. Dirección de Calidad de Vida y Desarrollo Social;
  2. Dirección de Participación Social;
  • Dirección de Educación Pública, y
  1. Dirección de Bienestar Animal.

Adscribirá también a las áreas y demás recurso humano que se le asigne y establezca anualmente en la plantilla de personal aprobada por el Ayuntamiento.

Tanto el COMUDE como el Instituto Vallartense de Cultura, estarán sectorizados a la Gerencia, con el propósito de que ésta garantice la alineación de los programas y acciones de trabajo respectivas, con los objetivos y ejes que se establezcan en el Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza.